Declaración de ULAC por el Día Internacional del Aprendizaje Digital
Comunicado:
Declaración de ULAC por el Día Internacional del Aprendizaje Digital (versión en español)
19 de marzo de 2026
“Forjando futuros digitales para la educación pública”
En el marco del Día Internacional del Aprendizaje Digital, promovido por la UNESCO, y en un año particularmente significativo en el que se conmemoran 20 años de la adopción de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), desde la Unión Latinoamericana de Ciegos reafirmamos que el aprendizaje digital debe ser un motor de inclusión, igualdad de oportunidades y ejercicio pleno de los derechos humanos.
La transformación digital de la educación abre oportunidades sin precedentes para democratizar el acceso al conocimiento. Sin embargo, en América Latina y el Caribe persisten profundas brechas digitales que afectan de manera desproporcionada a las personas con discapacidad, especialmente a las personas ciegas y con baja visión. Estas brechas se manifiestan en el acceso desigual a conectividad, dispositivos, tecnologías de asistencia como lectores y magnificadores de pantalla, plataformas educativas accesibles, contenidos digitales accesibles y formación docente en tecnologías de asistencia o tiflotecnología.
A veinte años de la adopción de la CDPD, resulta imprescindible recordar que los Estados asumieron compromisos claros para eliminar las barreras que impiden la participación plena de las personas con discapacidad en la sociedad digital.
El artículo 9 de la CDPD, referido a la accesibilidad, establece la obligación de los Estados de garantizar que las tecnologías de la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y plataformas digitales, sean accesibles para las personas con discapacidad. Sin embargo, en muchos países de la región todavía no existen directrices claras ni estándares obligatorios que aseguren la accesibilidad digital en los entornos educativos.
Esta falta de accesibilidad se evidencia cuando plataformas educativas, contenidos digitales o aplicaciones utilizadas en las instituciones educativas no funcionan adecuadamente con lectores de pantalla ni con magnificadores, tecnologías de asistencia fundamentales para el acceso autónomo a las TIC de las personas con discapacidad visual.
Asimismo, el artículo 21 de la CDPD, sobre libertad de expresión, acceso a la información y comunicación, reconoce el derecho de las personas con discapacidad a buscar, recibir y difundir información en igualdad de condiciones, utilizando los formatos y tecnologías accesibles que requieran. Cuando los contenidos educativos digitales no son accesibles, este derecho se ve directamente vulnerado.
De igual manera, el artículo 24 de la CDPD, relativo al derecho a la educación, establece que los Estados deben garantizar sistemas educativos inclusivos en todos los niveles, incluyendo el acceso a tecnologías de asistencia y a entornos de aprendizaje accesibles.
Sin embargo, en 2026 aún se registran situaciones preocupantes. Niños, niñas y adolescentes con discapacidad visual siguen siendo excluidos de las clases de computación. Esta exclusión no se origina en una falta de capacidad de los estudiantes, sino en la falta de formación de los docentes en el uso de tecnologías de asistencia, como lectores o magnificadores de pantalla, así como en la ausencia de políticas educativas que promuevan la accesibilidad digital desde el diseño.
Esta situación limita el desarrollo de competencias digitales, que hoy son esenciales para la educación, el empleo, la participación social y el ejercicio de la ciudadanía.
Las personas ciegas y con baja visión tienen derecho a desarrollar competencias digitales en igualdad de condiciones con las demás personas. Este derecho debe garantizarse en todas las etapas de la vida, desde la educación inicial hasta la educación superior, la formación técnica, el empleo y el aprendizaje a lo largo de la vida.
En este contexto, desde ULAC hacemos un llamado a los Estados, a los sistemas educativos, a las instituciones académicas, al sector tecnológico y a la sociedad civil de América Latina y el Caribe para:
- Adoptar políticas públicas de educación digital inclusiva alineadas con la CDPD.
- Desarrollar e implementar normas y directrices claras de accesibilidad digital para plataformas, contenidos y tecnologías educativas.
- Garantizar la formación docente en educación digital accesible y en el uso de tecnologías de asistencia, como lectores de pantalla y magnificadores.
- Asegurar que ningún estudiante con discapacidad visual sea excluido de las clases de informática o de los entornos de aprendizaje digital.
- Promover el acceso a dispositivos, conectividad y tecnologías de asistencia que permitan la participación plena de las personas con discapacidad visual en el mundo digital.
A veinte años de la CDPD, la accesibilidad digital no debe ser vista como un aspecto técnico opcional, sino como una obligación de derechos humanos y una condición indispensable para construir plataformas educativas verdaderamente inclusivas.
El aprendizaje digital solo cumplirá su promesa transformadora cuando todas las personas, incluidas las personas ciegas y con baja visión, puedan aprender, crear y participar plenamente en el entorno digital, en cualquier etapa de la vida.
Gladys Díaz Benites
Presidenta
Elizabeth Campos
Secretaria General
Unión Latinoamericana de Ciegos (ULAC)
¡Comprometidos con la inclusión!
2 Declaração da ULAC no Dia Internacional da Aprendizagem Digital - 19 03 2026 - versão em português